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Cuánto cuesta contratar tu primer empleado en Colombia en 2026

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Un error recurrente de los emprendedores, al momento de contratar a su primer empleado es que solo calculan el valor del salario. Es decir el $1.750.000, en el caso de los empleados de salario mínimo.

A los pocos meses, se sorprenden cuando hacen cuentas con seguridad social y otras prestaciones, y ven que la cuenta ya va por casi el doble: $3.000.000 de pesos al mes.

El problema, es que no hizo las cuentas bien desde el principio. O no se asesoró bien, o no investigó bien.

El Salario mínimo + el Subsidio de transporte

Para el 2026, el salario mínimo mensual quedó establecido en $1.750.905 y el auxilio de transporte es de $249.095 mensuales para quienes devengan hasta 2 salarios mínimos, es decir $2.000.000.

El auxilio de transporte tiene una particularidad que confunde a todo el mundo: no es salario, así que no entra en la base de aportes a seguridad social, pero sí se suma para calcular cesantías y primas.

La cuenta completa de un empleado de salario mínimo

En esta tabla, está el costo completo, de un empleado de salario mínimo con auxilio de transporte.

ConceptoValor mensual
Salario$1.750.905
Auxilio de transporte$249.095
Subtotal que recibe el trabajador$2.000.000
Salud (8,5% empleador)$148.827
Pensión (12% empleador)$210.109
ARL (riesgo I, aprox. 0,522%)$9.140
Caja de compensación (4%)$70.036
SENA (2%)$35.018
ICBF (3%)$52.527
Cesantías (8,33%)$166.600
Intereses sobre cesantías (1%)$20.000
Prima de servicios (8,33%)$166.600
Vacaciones (4,17%)$73.012
Costo total para el empleador$2.951.869

Una persona que gana el salario mínimo, le cuesta al empleador cerca de 1,7 veces su salario base. Ten en cuenta siempre ese número al momento de presupuestar tu nómina.

Se debe tener en cuenta que las personas jurídicas que tributan renta pueden estar exonerados de los aportes a SENA e ICBF, sobre trabajadores que devenguen menos de 10 salarios mínimos. Esto baja el costo total, pero depende de la figura jurídica y régimen tributario. Recuerda verificar esto con tu contador.

¿Qué cambió con la reforma laboral?

La Ley 2466 de 2025, también conocida como la reforma laboral del gobierno Petro, modificó varias cosas que impactan directamente la nómina. Si tu referencia mental es cómo funcionaban las cosas hace dos años, está desactualizada.

El recargo nocturno ahora empieza a las 7:00 p.m. Si tu negocio cierra a las 8 o 9 de la noche, esas horas ya generan recargo del 35%.

El recargo por trabajo en día de descanso subió al 90% desde julio de 2026, y llegará al 100% en julio de 2027.

Algo que ya venía desde antes, es la reducción de la jornada máxima, que quedó en máximo 42 horas semanales, distribuibles en 5 o 6 días.

El contrato indefinido es la regla general. El término fijo quedó como excepción justificada, con duración máxima de 4 años y preaviso de 30 días para no renovar.

Y ojo con lo siguiente, y es que el día de descanso puede acordarse a que sea distinto al domingo, pero tiene que ser por escrito. Si no lo acuerdas por escrito, se presume que es el domingo y el trabajo dominical genera recargo. Y un recargo del 90%, así que mucho cuidado.

Las alternativas antes de contratar

Si necesitas vincular ayuda a tu emprendimiento, contratar como empleado a alguien, no siempre es la respuesta.

Estas son algunas alternativas que tienes antes de tener empleados.

Prestación de servicios. El contrato de prestación de servicios es válido solo si de verdad no hay subordinación. Es decir que la persona maneja su tiempo, sus herramientas y sus métodos. Si le das horario, le supervisas la tarea y le exiges exclusividad, es un contrato laboral disfrazado. Por lo general, los jueces laborales lo declaran así en las demasndas, con todas las las prestaciones retroactivas. Es el error más caro que comete un negocio pequeño.

Contrato por obra o labor. Este sirve cuando el trabajo tiene un objeto definido que termina. Genera prestaciones proporcionales.

Medio tiempo. Reduce el costo proporcionalmente y mantiene todo formal. Por lo general, es la mejor forma de contratar a alguien por primera vez.

Tercerizar tareas específicas. Tareas como llevar la contabilidad, el diseño gráfico o el mantenimiento de equipos, lo puedes tercerizar con empresas. Estas te cobran por medio de una factura, y no genera en ningún caso ni una relación laboral, ni un contrato de prestación de servicios.

Antes de firmar

  1. Haz la cuenta bien, sumando prestaciones sociales. Multiplica por 1,7 como referencia rápida.
  2. Verifica que puedas sostenerlo seis meses aunque el negocio baje. Despedir sin justa causa tiene indemnización.
  3. Siempre siempre, haz un contrato laboral por escrito. Con funciones claras, horario y día de descanso definidos.
  4. Afiliación antes del primer día de trabajo: EPS, fondo de pensiones y ARL. Trabajar sin afiliación te deja expuesto a responder por cualquier accidente.
  5. Consulta con tu contador. El costo de una asesoría es una bobada, al lado de lo que cuesta una liquidación mal hecha.

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Fuentes

  • Decretos 1469 y 1470 del 29 de diciembre de 2025, salario mínimo y auxilio de transporte 2026
  • Ley 2466 de 2025, reforma laboral
  • Código Sustantivo del Trabajo
  • Ministerio del Trabajo: https://www.mintrabajo.gov.co