¿Quieres crear una fundación en Colombia? ¡No te preocupes! Aquí te explicamos todo lo que necesitas saber para hacerlo de manera correcta y legal.
- Consulta el nombre y actividad de la fundación: Lo primero que debes hacer es verificar si el nombre y la actividad económica de la fundación que deseas crear ya ha sido registrado previamente. Esto te permitirá hacer un control de homonimia con otra fundación relacionada que tenga el mismo nombre y así evitar problemas en el futuro. Además, deberás identificar el grupo de afiliados que harán parte de la fundación.
- Requisitos de constitución de la fundación: Según el artículo 40 del Decreto 2150 de 1995, las entidades sin ánimo de lucro (ESAL) deberán consignar en la escritura pública o documento privado de constitución los siguientes datos: nombre, identificación y domicilio de las personas que intervengan como otorgantes, la clase de persona jurídica, el objeto, el patrimonio y la forma de hacer los aportes, la forma de administración con indicación de las atribuciones y facultades de quien tenga a su cargo la administración y representación legal, la periodicidad de las reuniones ordinarias y los casos en los cuales habrá de convocarse a reuniones extraordinarias, la duración precisa de la entidad y las causales de disolución, la forma de hacer la liquidación una vez disuelta la corporación o fundación, las facultades y obligaciones del revisor fiscal, si es el caso, y el nombre e identificación de los administradores y representantes legales.
Como crear una fundación en Colombia
- Registro en la Cámara de Comercio: Una vez diligenciados los formularios requeridos, deberás registrarte en la cámara de comercio correspondiente. Esto te permitirá obtener el certificado que acredita la existencia legal de la fundación y los nombres de sus administradores.
- Registro en la Dian: También deberás registrarte en la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (DIAN) para obtener el Registro Único Tributario (RUT). Este registro es obligatorio y se realiza a nivel nacional, exceptuando la ciudad de Bogotá. A partir del 2 de mayo de 2022, el diligenciamiento del formulario pre-RUT en la ciudad de Bogotá se elimina.
- Estatutos o acto constitutivo: Es obligatorio presentar los estatutos o el acto constitutivo con presentación personal ante notario público en Colombia. Esto es necesario para formalizar la creación de la fundación y establecer sus reglas y normas.
- Registro ante las gobernaciones: Finalmente, para efectos de la vigilancia de las ESAL, deberás tramitar su registro ante las gobernaciones de cada departamento. Este registro tiene como finalidad evitar que sean utilizadas para fines prohibidos por la ley.
Recuerda que, al crear una fundación, estarás contribuyendo a mejorar la sociedad y hacer un impacto positivo en la vida de las personas. ¡Anímate a crear una y haz la diferencia!
Con información de Actualicese.com
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